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REGLAMENTO SALON FUNDACIÓN ANDREANI: REGLAMENTO SALON NACIONAL DE UPCN
Bases
La Fundación Andreani invita a participar de la primera
edición del Premio Fundación Andreani 07/08 con la
intención de difundir e incentivar la producción en el
campo de las artes visuales.
ART 1 - OBJETIVOS
• Crear un espacio de reconocimiento y visibilidad para
los artistas argentinos.
• Conformar una red entre museos nacionales que
permita la circulación de bienes culturales.
• Generar un encuentro en torno a las manifestaciones
artísticas que permita la reflexión en todo el país.
• Brindar la red del Grupo Logístico Andreani para
promover la creatividad y la experimentación en el
ámbito de las artes visuales en Argentina.
ART 2 - AUTORES
• Podrán participar artistas argentinos y extranjeros
menores de 50 años con un mínimo de dos años de
residencia legal en el país.
• Las obras podrán ser realizadas por más de un autor,
pero la ficha de inscripción deberá ser completada por
un representante del grupo ya que se premian obras, no
autores y el premio se entregará al representante.
• Quedarán excluidas del certamen personas vinculadas
al Grupo Logístico Andreani.
• Los autores que no cumplan con los requisitos
previstos en estas bases no tendrán derecho a
participar.
ART 3 - OBRAS
• Sólo se recibirán obras inéditas; obras que nunca
hayan sido exhibidas o reproducidas públicamente.
• El premio no establecerá categorías y la materialidad
con que se decida realizar las obras a presentarse no
será una limitación. Se aceptarán dibujos, pinturas,
esculturas, objetos, instalaciones, videos, fotografías y
todas las disciplinas propias de las artes visuales.
• Los materiales que componen las obras no podrán ser
catalogados como sustancias peligrosas en los
términos de la normativa aplicable, esto es la resolución
233/86 de la Secretaría de Transporte. (Ejemplo: gases,
material pirotécnico, material explosivo, materiales
inflamables, radiactivos, corrosivos. Ver más en: norma
de transporte de sustancias peligrosas http://www.red
seguros.com/Descargas/ResolucionSecretTransp-233-
86.pdf ).
• Recomendamos que las obras no excedan las
siguientes dimensiones: 2m alto, 2m ancho y 0,50m de
profundidad.
• Las obras que utilizan imágenes o sonidos preexistentes
serán aceptadas bajo la responsabilidad del
realizador en lo que atañe a derechos originales con
respecto a terceros. La Fundación Andreani no se hará
responsable por los reclamos que terceros pudieran
hacer, relativos a sus derechos de autor.
• Las obras que no cumplan con los requisitos previstos
en estas bases no tendrán derecho a participar.
ART 4 - CONFORMACION DEL JURADO
• El jurado estará formado por 5 integrantes; Laura
Buccellato, Julio Sánchez, Fernando Farina, Carlos
Espartaco y Eva Grinstein.
• El jurado así conformado decidirá en las dos instancias
de evaluación: la de selección y la de premiación.
• Ambas instancias de evaluación se expedirán por
mayoría simple de votos y sus fallos serán inapelables.
• Fundación Andreani reemplazará a aquellos jurados
que por cualquier motivo se vieran imposibilitados de
cumplir su labor.
ART 5 - MODALIDAD DE
PARTICIPACION
INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN:
1- CONVOCATORIA GENERAL
• Para participar se deberá presentar el siguiente
material completo, impreso y en carpeta de tamaño A4:
1 - De 1 a 3 fotografías impresas de la obra a concursar.
a) Si presenta obra audiovisual, video, arte digital o
multimedia se requiere una copia;
• Entregada en soportes DVD ó CD-ROM. (rotulado con
nombre, apellido).
• Que esté contenida en un estuche rígido. (rotulado
con nombre, apellido).
• Que pueda ser visualizada en PC windows.
• En formatos *avi , *mpeg , *jpg (300 dpi).
• Que no exceda los 30 minutos de duración.
• Aclaración: Las exigencias de la presentación de la obra
no necesariamente deben coincidir con las del original.
b)Si la obra que presenta es una instalación recomendamos
acompañarla con:
1 - Plano que especifique la disposición de los objetos,
para poder recrearla.
2 - Ficha de inscripción completa y firmada por el autor.
(planilla disponible en www.fundacionandreani.com.ar)
3 - Currículo Vitae de no más de 30 líneas que indique
formación artística y producción (estudios, muestras y
premios, etc). (Planilla disponible en la web).
4 - Un máximo de 12 y un mínimo de 3 imágenes
impresas que documenten obras anteriores. Cada una
deberá estar acompañada por los siguientes datos:
Nombre de la obra y del autor, año de realización,
técnica, dimensiones.
Especificaciones de envío:
• Las carpetas podrán ser enviadas desde el 17 de abril al
31 de julio de 2007 inclusive, sin costo alguno a través del
servicio de Respuesta Postal Paga de Correo Andreani.
Las carpetas podrán ser depositadas en las sucursales
adheridas de Correo Andreani. (ver instrucciones de uso
de Respuesta Postal Paga y el listado de sucursales on
line en www.fundacionandreani.org.ar).
• La entrega de carpetas debe realizarse en sobre
cerrado claramente rotulado a nombre de
“Premio Fundación Andreani”.
Fundación Andreani,
Santo Domingo 3220 2º of. 230,
CP: C1293AGR, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Argentina.
• Completar los datos del remitente: Nombre y Apellido,
dirección postal, localidad y país.
• El sello postal no deberá ser posterior a la fecha del
último día de entrega, de verificarse esta situación, las
carpetas no participarán del acto de la selección.
2 - SELECCIÓN
• El jurado seleccionará las carpetas que considere de
acuerdo a su evaluación.
• El resultado se dará a conocer en forma personal y
privada a los autores de las carpetas seleccionadas en la
segunda quincena de agosto de 2007.
• Notificados de ello, los autores deberán enviar las obras
entre el 3 y el 5 de septiembre, correctamente embaladas
y en las condiciones que los autores desean que
sean exhibidas.
• Las obras solicitadas que sean presentadas en tiempo y
forma, que se encuentren en buenas condiciones para la
exhibición, serán las seleccionadas y las mismas
participarán de la muestra itinerante durante el 2008.
• Con relación a la curaduría de la muestra formada por
las obras seleccionadas:
1).La curaduría general de la muestra y la itinerancia
estará a cargo del jurado quien decidirá el diseño
general del montaje y la disposición de las obras en el
espacio.
2).La curaduría de la itinerancia podrá ser rotativa entre
los cinco jurados.
3).El curador definirá si es necesario que el artista participe
en el montaje de la muestra.
3 - PREMIACIÓN
Se entregarán los siguientes premios:
• MENCIONES NO ADQUICISIÓN: 3 obras serán mencionadas
y recibirán $500 cada una. Las obras mencionadas
no serán adquiridas.
• SEGUNDO PREMIO ADQUISICIÓN: El autor de la
segunda obra premiada recibirá $10.000, será adquirida
y pasará a formar parte del patrimonio de la colección
de Fundación Andreani.
• PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN: El autor de la primera
obra premiada recibirá $20.000. La obra será adquirida y
pasará a formar parte del patrimonio de la colección de
Fundación Andreani.
En el caso de primer premio y segundo premio
adquisición, la Fundación Andreani quedará como única
propietaria de la obra y sus derechos. La adjudicación de
estos premios implica e incluye además de su distinción,
el precio por su adquisición por parte de la Fundación.
• SELECCIONADAS NO ADQUISICIÓN: Las obras que
serán seleccionadas participarán de la exposición
itinerante que se realizará durante el 2008 en la
Argentina y serán parte del catálogo impreso.
• El fallo de premiación se dará a conocer en forma
pública en el mes de octubre de 2007, en la inauguración
de la primer muestra, momento en que se hará la
entrega de premios correspondiente al primer y
segundo premio y a las tres menciones.
• Los 5 autores de las obras premiadas y mencionadas
deberán asistir al evento de inauguración en el que se
entregarán los premios y presentar factura para
adquirir dichos premios.
4 - ITINERANCIA
• Las obras mencionadas, las premiadas y las seleccionadas
participarán en una exposición itinerante que
recorrerá las diferentes provincias de nuestro país
hasta diciembre de 2008.
• Los autores que queden en la categoría de mencionados
y seleccionados deberán dejar las obras presentadas
a disposición de Fundación Andreani para ser
exhibidas durante el 2008. Las mismas solo serán
devueltas en el transcurso del 2009. La participación en
el Premio Fundación Andreani supone la aceptación de
esta condición.
• Las obras participantes de la itinerancia están sujetas
a las dimensiones de la sala de cada destino, por lo
tanto, Fundación Andreani no se compromete a
exponer todas las obras seleccionadas en todos los
destinos. La participación en el Premio Fundación
Andreani supone la aceptación de esta condición.
ART 6 - PROPIEDAD INTELECTUAL
• Los autores de las obras presentadas conservan el
Derecho de Propiedad Intelectual sobre su obra de
acuerdo a la Ley 11.723.
• Los organizadores se reservan el derecho de realizar
posteriores exhibiciones de las obras premiadas,
seleccionadas y mencionadas y/o reproducir sobre
cualquier medio o soporte las mismas sin fines de lucro
para ser utilizadas como parte de las actividades
culturales o de difusión de los mismos. En todos los
casos se intentará mencionar el nombre del autor.
ART 7 – RECAUDOS
• Si bien se tomarán los recaudos necesarios para la
guarda y conservación de las obras seleccionadas,
Fundación Andreani no será responsable de los
deterioros, daños y perjuicios que pudieran sufrir las
obras por causas ajenas a la voluntad de la Fundación
Andreani.
• Los artistas cuyas obras fueran seleccionadas deberán
enviar por su exclusiva cuenta y riesgo y por el medio
de transporte a su elección, sus trabajos perfectamente
embalados en forma apta para evitar deterioros por
traslados, quedando exenta la Fundación de toda
responsabilidad por la carga, transporte y descarga de
la obra hasta dicho lugar, ni por robos, hurto y/o
extravío que pudiera sufrir la carga.
• Las carpetas presentadas, que no hayan sido seleccionadas,
podrán ser retiradas en Santo Domingo 3220,
entre enero y marzo de 2008. Si así no lo hicieran, los
autores perderán el derecho a retirarlas.
ART 8 - IMPREVISTO
• Toda cuestión no prevista en estas bases será resuelta
por Fundación Andreani y/o el jurado interviniente y
sus decisiones serán inapelables.
• Cuando circunstancias imprevistas o de fuerza mayor
lo justifiquen, Fundación Andreani podrá modificar las
fechas y/o lugares de exhibición o suspender y dar por
finalizado el premio.
ART 9 - ACEPTACIÓN
• El simple hecho de participar en el presente Premio
Fundación Andreani implica el conocimiento y aceptación
completa de las condiciones de participación y las
bases.
ART 10 - CONTACTO
• Todos los datos referentes al Premio Fundación
Andreani se encontrarán disponibles en la página web
de Fundación Andreani, incluyendo las fichas y
planillas; www.fundacionandreani.org.ar
• Consultas: Milagros Velasco, Lu a Vi de 9:00-17:00hs
al (5411) 4016-0805 ó por mail a:
mvelasco@fundacionandreani.org.ar
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REGLAMENTO SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES
Art. 1°. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION organizará el “SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES”,
regido por el presente reglamento que comprenderá las siguientes
Secciones: Pintura; Escultura; Grabado; Dibujo; Arte Textil; Fotografía;
Arte Cerámico; Nuevos Soportes e Instalaciones.
La inauguración del
Salón Nacional de Artes Visuales será el día 21 de septiembre, en el
Palacio Nacional de las Artes – Palais de Glace , o en caso de encontrarse
comprometida su integridad estructural, en lugar a determinar por la
SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Dicha
inauguración comprenderá sólo algunas categorías. Las restantes serán
presentadas, de acuerdo con la programación del Palacio Nacional de las
Artes en su ámbito físico ó en lugar a determinar por la SECRETARIA DE
CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art.
2°. Serán recibidas con destino al Salón, obras originales, que
comprendan todas las expresiones artísticas contempladas en el presente
Reglamento.
Sección
Pintura
Las obras deberán medir como máximo DOSCIENTOS
CENTIMETROS (200 cm.) de base, incluyendo el marco, y DOSCIENTOS CINCUENTA
CENTIMETROS (250 cm.) de altura.
Sección Escultura
Las esculturas
deberán medir como máximo DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de
altura, y no sobrepasar los DOSCIENTOS CINCUENTA KILOGRAMOS (250 KG.) de
peso. No se recibirán obras realizadas con materiales efímeros. La base no
debe superar los DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm) por lado.
Sección Grabado
Las obras deberán
medir, como máximo, DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm) de base, incluyendo el
marco, y DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de altura.
Los
participantes deberán describir en forma suscinta el procedimiento técnico
utilizado al dorso de la estampa. La matriz debe permitir, como mínimo,
una serie de DIEZ (10) estampas que deben acreditarse, excepto las
monocopias. En caso de obtener premio adquisición, el participante deberá
entregar sin excepción la matriz.
Sección Dibujo
Las obras deberán
medir, como máximo, DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm.) de base, incluyendo
el marco, y DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de
altura.
Sección Arte Textil
Se recibirán obras con procedimientos
textiles. Deberán medir, como máximo, DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm.) de
base y DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de altura.
Para la
obras tridimensionales, los valores máximos son DOSCIENTOS CINCUENTA
CENTIMETROS (250 cm.) de altura y la base no debe superar los DOSCIENTOS
CENTIMETROS (200 cm) por lado.
Sección Nuevos Soportes e
Instalación
Se recibirán obras de expresiones artísticas realizadas con
tecnologías electrónicas (vídeo arte, producción digitalizada estática o
cinética, multimedia y net art) como así también objetos e instalaciones
bi o tridimensionales.
Video arte y/o arte digital
Para su
selección, las obras relativas a video-arte y/o arte digital, serán
presentadas en la fecha dispuesta por la organización, de manera
excluyente en soporte video formato VHS y/o DVD / CD ROM y/o en la forma
impresa correspondiente, acompañadas con una memoria descriptiva que
contenga las especificaciones técnicas y operativas para su montaje y
exhibición.
Las obras deberán presentarse sin créditos ni firma, con
el fin de reservar la identidad del autor frente a la actuación del
jurado, del mismo modo que las demás disciplinas que conforman el presente
certamen. Siempre deberá constar la duración de la obra propuesta.
Instalaciones
Las instalaciones se
desarrollarán en un espacio máximo de DOSCIENTOS CINCUENTA
CENTÍMETROS
(250cm) de alto, DOSCIENTOS CINCUENTA CENTÍMETROS
(250cm) de ancho y
DOSCIENTOS CINCUENTA CENTÍMETROS (250cm) de profundidad.
En el caso de
las obras entregadas para Instalación el soporte de entrega deberá tener
las siguientes características:
· Bocetos en técnica libre, en hojas de
cartón rígido,formato CINCUENTA POR SETENTA CENTIMETROS (50 x 70 cm), como
máximo, hasta CUATRO (4) bocetos por instalación, y/o
· Una (1)
maqueta, escala a elegir sobre base rígida, no mayor a los SESENTA
CENTIMETROS (60 cm) por cada lado, y/o
· Un (1) CD ejecutable a doble
CLICK que incluya PLUG IN para WINDOW 98 de PC, y/o
· Un (1) DVD o
vídeo formato VHS
Deberá contar, sin excepción, con una memoria
descriptiva completa que contenga las especificaciones técnicas y
operativas para su montaje y exhibición presentada en holas tamaño
A4
Objetos y otras producciones
Se recibirán obras bi o
tridimensionales con procedimientos innovadores. Deberán medir, como
máximo, DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm.) de base y DOSCIENTOS CINCUENTA
CENTIMETROS (250 cm.) de altura.
Para la obras tridimensionales, los
valores máximos son DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de altura y
la base no debe superar los DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm) por
lado.
Las obras seleccionadas serán montadas íntegramente por el autor
con los medios que el mismo disponga. El Palacio Nacional de las Artes no
proveerá ningún tipo de materiales, ni iluminación particular, ni soporte
técnico especifico, ni de personal. Solamente designará el espacio para la
misma.
No se admitirá la inclusión de elementos orgánicos vivos, ni
materiales perecederos.
Los premios serán otorgados luego que las obras
seleccionadas hayan sido montadas por el autor en el espacio dispuesto por
el organizador.
Sección Fotografía
Las obras
deberán medir como máximo DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm) de base,
y
DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm.) de altura.
Sección Cerámica
No se admitirán aquellas
obras decoradas en frío o con esmaltes sintéticos. Deberán medir, como
máximo, DOSCIENTOS CENTIMETROS (200 cm) en el lado mayor de la base y
DOSCIENTOS CINCUENTA CENTIMETROS (250 cm) de alto.
DE LA
NO-ADMISION
Art. 3° No serán admitidas
las siguientes obras:
· Las no comprendidas en el Articulo 2°, o las
que no cumplan con los requisitos específicos exigidos para cada
Sección.
· Las que pertenezcan a autores que no cumplan con los
requisitos formales del art. 7.
· Las que hayan participado en salones
nacionales, provinciales, regionales, municipales o cualquier otro de
índole competitivo.
· Los plagios.
· Las de artistas extranjeros con
menos de DOS (2) años de residencia en el país.
· Las de artistas
fallecidos presentados por terceros. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION podrá disponer la exhibición póstuma, únicamente
cuando se trate de expositores del Salón, fallecidos en el curso del año,
en cuyo caso las obras quedarán sujetas a las disposiciones del presente
Reglamento, excepto en lo que se refiere al Régimen de Recompensas del que
se encuentran excluidas.
· Las que tengan pintura u otros materiales
frescos.
· Las que lleguen fuera del término previsto en el Art.
5°.
· Las obras presentadas por Jurados, cualquiera sea la categoría a
la que pertenezcan, ó familiares de éstos hasta el 3° grado de
parentesco.
· Las obras producidas por más de un autor.
Art.
4°. Tampoco serán admitidas las obras presentadas por artistas que no
hubieren retirado en tiempo y forma las obras rechazadas y/o aceptadas en
el Salón Nacional de Artes
Visuales del año anterior, o ediciones
previas, una vez finalizada la etapa de exhibición de las
mismas.
RECEPCION DE OBRAS
Art.
5°. Las obras destinadas al SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES
deberán ser enviadas en fecha y lugar que determine la SECRETARIA DE
CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 6°. Los concurrentes enviarán, solamente, UNA (1) obra por disciplina para participar del Salón Nacional.
Art.
7°. Al hacer entrega de su obra los autores deberán presentar una
boleta de inscripción provista por el ente organizador, que contendrá:
nombre y apellido, fecha de nacimiento, domicilio, nacionalidad, tiempo de
residencia en el país si fuere extranjero, así como también título, fecha
de ejecución, procedimiento, peso y dimensión de la obra presentada.
Asimismo deberá acompañarse CV del autor, donde consten sus antecedentes y
actuación artística, resumido en un máximo de UNA (1) carilla. Esta boleta
de inscripción por la cual se manifiesta conocer y aceptar el Reglamento,
tiene carácter de DECLARACIÓN JURADA, y la omisión de su presentación de
acuerdo a lo requerido, acarrea la NO ADMISIÓN de la obra, en consonacia
con lo previsto por el art. 3 del presente
Para las obras que así lo
requieran, los autores deberán manifestar por escrito las especificaciones
técnicas y operativas para su montaje y exhibición .
Art. 8°. En cada caso se expedirá un recibo que servirá para la devolución de la obra, la que se efectuará en el mismo lugar de recepción, según el cronograma dispuesto por el art. 10 del presente
Art. 9°. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION velará por la buena conservación de las obras depositadas, pero no se hará responsable por su destrucción, deterioro, pérdida, extravío, hurto o robo. Asimismo, no se hará responsable por daños ocasionados a/o por terceros, caso fortuito, fuerza mayor y cualquier siniestro o evento ocurrido respecto de las obras y/o con motivo de su depósito.
Art.
10°. El retiro de las obras no aceptadas deberá efectuarse a
partir de la difusión oficial del dictamen del jurado de admisión, por un
lapso de DIEZ (10) días hábiles. Las obras
seleccionadas, a excepción
de los PREMIOS ADQUISICION, deberán ser retiradas dentro de los DIEZ (10)
días hábiles posteriores a la clausura de la exposición del
Salón.
Vencidos estos plazos, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA DE LA
NACION procederá a intimar en forma fehaciente al
autor para que retire su obra. La responsabilidad del traslado y los
gastos que se generen, quedarán a cargo exclusivo del autor, de acuerdo a
lo previsto por el art. 34 del presente. Transcurrido UN (1) mes de esa
intimación, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION podrá
disponer la donación de las obras no retiradas a instituciones educativas
o entidades de bien público, sin que ello otorgue derecho a reclamo alguno
por parte de su autor.
JURADO
Art. 11°. La
selección y adjudicación de premios estará a cargo de un jurado compuesto
por CINCO (5) integrantes para cada sección que se conformara de la
siguiente manera:
a) UN (1) jurado acorde a la disciplina de selección,
designado por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION.
b) CUATRO (4) jurados a elegir entre profesionales
especialistas en la disciplina convocada, que posean notorios antecedentes
y reconocida actuación.
c) La elección de estos últimos se realizará
por voto directo de los participantes. Las entidades en la especialidad,
que nuclean a los profesionales del arte en el ámbito nacional, que posean
personería jurídica y con actividad reconocida por la SECRETARIA DE
CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, así como el PALACIO NACIONAL DE
LAS ARTES, podrán proponer una lista de CUATRO (4) candidatos por cada una
de las especialidades, que manifiesten en forma previa y fehaciente su
voluntad de participar, proclamándose los más votados.
Tendrán
calidad de titulares, los que ocupen el primero, segundo, tercero y cuarto
lugar y el resto en calidad de suplentes, de acuerdo al orden de votos
obtenidos. En caso de empate, la designación se decidirá por sorteo; en el
de renuncia, se designará al suplente. Si renunciaran todos los candidatos
votados, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, nombrará
directamente a los reemplazantes.
d) Cada Jurado podrá participar como
tal en solo una disciplina.
Art.
12°. Las instituciones que postulen listas de jurados podrán
designar (2) veedores. El
veedor deberá acreditar su personería
mediante presentación del acta de designación, nota de presentación
emitida por la Institución que representa dirigida al Director del Palacio
Nacional de las Artes y documento de identidad. Los veedores podrán estar
presentes
durante la actuación del jurado sin voz ni voto. No podrán
ser veedores los artistas que participen del Salón.
Art.
13°. Ningún Jurado podrá serlo durante DOS (2) Salones
consecutivos contados desde aquel en el que haya intervenido.
Como
tampoco podrán ser jurados los directores de museos, centros culturales,
provinciales o municipales del ámbito de cultura.
Art.
14°. La elección del Jurado se ajustará a las siguientes
normas:
a) El autor concurrente al Salón emitirá su voto en una tarjeta
que se le entregará en el momento de depositar su obra, colocándola en la
urna preparada a tal efecto.
b) En el acto de votar el concurrente
firmará un registro, que servirá para controlar el número de sufragios
depositados en la urna.
c) Los artistas no residentes en la
jurisdicción donde se realice el Salón podrán emitir su voto en una
tarjeta, la que se adjuntará a la boleta de envío.
d)
Art. 15°. El escrutinio se realizará en acto
público con la presencia de un escribano público que labrará un acta al
efecto, a partir del último día de recepción de las obras, en fecha, hora
y lugar que determine la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Art. 16°. El Palacio Nacional de las Artes comunicará a través de su sitio web institucional los Jurados seleccionados para el Salón Nacional.
Art. 17°. La SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION asignara una retribución a los jurados y se les abonaran los gastos de traslado a los que deban viajar una distancia superior a los 40 kilómetros desde su lugar de residencia. A tal efecto, es deber del jurado electo cumplir con lo previsto por el art. 35 del presente.
Art. 18°. El Director del Palacio Nacional de las Artes – Palais de Glace convocará a los Jurados, asistiéndolos en su labor, con la responsabilidad de hacer cumplir el Reglamento.
Art. 19°. La aceptación del cargo por parte del jurado implica el conocimiento y observación del presente Reglamento durante su actuación como tal.-
Art. 20°. De las actuaciones de los Jurados se labrarán las actas correspondientes por Sección.
Art. 21°. Para formar el jurado será necesaria la presencia de los CINCO (5) miembros. Los que no asistan a una sesión sin causa justificada se tendrán por renunciantes, serán reemplazados automáticamente por un suplente y no percibirán la retribución establecida en el Art. 17°.
Art. 22°. Previo al otorgamiento de los premios establecidos en el artículo 27, el Jurado realizará una selección de las obras a juzgar. La selección requerirá en cada caso de TRES (3) votos coincidentes.
Art. 22°bis. La selección de obras para la sección Nuevos Soportes e Instalaciones se realizará sobre proyectos. El Jurado de esta disciplina podrá eliminar aquella obra que hubiere aceptado como proyecto, si al momento de la premiación no coincide con la obra montada.
RECOMPENSAS A ADJUDICAR
Art.
23°. Para cada una de las siguientes secciones: Pintura,
Escultura, Grabado, Dibujo, Arte Cerámico, Arte Textil, Fotografía, Nuevos
Soportes e Instalaciones se otorgarán las siguientes
recompensas:
5 – 6 – 7 –
TRES (3) MENCIONES, diploma a cada una.
A los premios antes
mencionados, se sumarán, eventualmente, los otorgados por personas,
empresas, instituciones u organismos públicos o privados.
El jurado
está facultado para otorgar menciones adicionales a las referidas por
los puntos 5-6 y 7, si así lo considera.
Las menciones adjudicadas
por el jurado son distinciones, y no son consideradas premios a los
efectos de los arts. 28, 30, 31 y 33 del presente.
Art.
24°. Las obras distinguidas con el GRAN PREMIO ADQUISICION
“PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA” quedarán incorporadas automáticamente
al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES de la SECRETARIA DE
CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
La adquisición de estas obras
alcanza lo previsto por el art. 28 bis de la presente medida, siendo
recompensados sus autores con la pensión vitalicia de acuerdo a lo
estipulado en la ley 20.733. Aquellos autores que habiendo obtenido este
premio y no tengan la edad que determinara la Ley 24.241 para recibir la
prestación no contributiva, serán acreedores de la recompensa en efectivo,
sin perjuicio de que en oportunidad de alcanzar la edad establecida en la
ley citada en último término, solicite el beneficio de Pensión Vitalicia.
Art. 25° Las obras distinguidas con el PRIMER PREMIO ADQUISICION quedarán incorporadas automáticamente al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. La adquisición de estas obras alcanza lo previsto por el art. 28 bis de la presente medida.
Art. 26°. En la Sección Grabado, el artista que obtuviere el GRAN PREMIO ADQUISICION “PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA” deberá entregar a la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, la plancha y la tirada completa del grabado ganador, como único tiraje. Una de las copias se entregará al MUSEO NACIONAL DEL GRABADO.
Art. 27°. En el caso que un artista hubiera obtenido un “Gran Premio” en Salones anteriores cualquiera fuere la Sección, el Jurado podrá instituir un premio propio denominado “Premio especial del Jurado”, que consistirá en un diploma, pero no podrá acceder a un Gran Premio en ninguna otra Sección.
Art. 28°. Las obras que obtengan
premios instituidos por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION y que no sean adquisición, podrán participar en muestras
itinerantes que se organizarán en el interior del país y en el exterior,
durante un
año a partir de la finalización del Salón Nacional. Para
ello, el participante expresará su conformidad en el momento de su
inscripción.
Art. 28° bis. La sola participación en el concurso implica que los autores de las obras seleccionadas ceden gratuitamente todos los derechos patrimoniales que les corresponden sobre sus obras en virtud de lo dispuesto por Ley 11.723, Decreto N° 41.233/1934 y demás normas reglamentarias y/o modificatorias vigentes. Asimismo, autorizan expresamente a la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACIÓN para que proceda por sí, o por intermedio de terceros, a la edición, publicación, representación, y reproducción de estas imágenes, en forma total o parcial, en cualquier soporte, y sin límites temporales, espaciales, cuantitativos o de otra naturaleza. Específicamente se autoriza el derecho a exponer y/o publicar las imágenes en portales de internet u otros medios no tradicionales.
Art. 29°. Los concurrentes al Salón podrán verificar las actas de selección de las obras y premios, debiendo acreditar para ello su identidad.
REGIMEN DE RECOMPENSAS
Art.
30°. Las recompensas son indivisibles. EL GRAN PREMIO ADQUISICION
“PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA” Y EL PRIMER PREMIO ADQUISICION, se
adjudicarán mediante votaciones sucesivas hasta que surja la simple
mayoría al igual que el resto de las recompensas. El voto de los jurados,
tanto para la selección como para la adjudicación de las recompensas es
obligatorio. Los premios de cada categoría no pueden ser declarados
desiertos.
Se entiende por mayoría el voto positivo de 3 de los 5
jurados, y en la primera vuelta de votos para la elección del Gran Premio
y el Primer Premio los jurados se deben manifestar por escrito, en
secreto, y fundamentando su voto.
Art. 31°. Los participantes en el Salón podrán rechazar, únicamente, los premios instituidos por particulares. En ese caso deberán expresarlo en la boleta de inscripción. Las demás recompensas son irrenunciables.
Art. 32°. Una vez adjudicadas las recompensas, se labrará en cada Sección un Acta firmada por los miembros del Jurado respectivo.
Art.
33°. Ningún autor podrá obtener un premio igual o inferior al que
hubiera obtenido en los Salones Nacionales con anterioridad, en la misma
sección. Esta circunstancia no impide
la posibilidad de rechazo de las
obras que presenten en salones posteriores a la obtención del premio.
Quedan excluidos de este impedimento aquellos artistas que hubiesen
obtenido MENCIONES por su obra presentada en anteriores
salones.
Art.
34°. El envío y el retiro de las obras es por cuenta exclusiva de
los participantes, la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
no tomará a su cargo gasto alguno en concepto de fletes, franqueo,
transporte y acarreo.
Art.
35°. La sola inscripción en el Salón implica la aceptación de
este Reglamento en todas sus partes, como así también el deber de
colaborar con la Administración aportando con la celeridad debida toda la
documentación requerida a participantes y/o premiados, con el objeto de
vehiculizar sus disposiciones.
Art. 36°. Todo caso no previsto en este Reglamento será resuelto por la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y su decisión será inapelable.
MAYO
REGLAMENTO
Artículo 1º: El Gobierno de la provincia de Salta y Pro Cultura Salta organizan el IV Salón a Nivel Nacional de la Provincia de Salta, Especialidad Pintura.
Artículo 2°: Podrán participar de este Salón, los artistas plásticos de todo el país, mayores de 18 años, nacidos en argentina o residentes en ella, durante un tiempo continuo no inferior a 3 (tres) años anteriores a la fecha de esta convocatoria.
Artículo 3º: En esta convocatoria se recibirán con destino al Salón, obras originales para la Sección Pintura.
Serán admitidas todas las expresiones, procedimientos y materiales inherentes a esta técnica, siempre que se encuadren en las especificaciones del presente reglamento.
Artículo 4º: Se admitirán dípticos, trípticos o polípticos, siempre que las partes que los compongan mantengan una relación estrecha y unidad de tema y procedimiento y no sean simplemente varias obras de distinto carácter reunidas en un solo cuerpo.
DE LA NO ADMISIÓN
Artículo 5º: No serán admitidas las siguientes obras:
A) las no comprendidas en los artículos 2 y 3.
B) Las que hayan sido expuestas más de una vez o participado en concursos o premios.
C) Las copias y las creadas por un artista y ejecutadas por otro.
D) Las de artistas extranjeros con menos de dos (2) años de residencia en el país.
E) Los cuadros sin un soporte rígido, salvo que la obra no lo requiera.
F) Las obras que tengan más de dos años desde su fecha de ejecución.
G) Las obras que midan más de 200cm de base, sin incluir el marco.
H) Las de artistas fallecidos.
I) Las de alumnos regulares de las escuelas de arte, oficiales o privadas, y de los que cursan estudios en talleres o con profesores particulares.
J) Aquellas obras que no posean la ficha de inscripción adheridas al dorso.
RECEPCION DE OBRAS
Artículo 6º: Las obras destinadas al cuarto Salón a Nivel Nacional de la Provincia de Salta, especialidad Pintura, deberán ser remitidas, con traslado ida y vuelta a cargo de los expositores, a: Museo de Arte Contemporáneo, Zuviría 90, CP. 4400 – Salta, telf. (0387) 437-0498/ 3036
Para consultas: macsalta@edusalta.gov.ar / www.salta.gov.ar/mac
Procusalta@sinectis.com.ar / www.proculturasalta.com.ar
Artículo 7°: El participante deberá indicar la empresa de transporte por la cual requiere la devolución de la obra y comunicar este pedido a la empresa correspondiente, telefónicamente o por fax, dentro de los 60 días desde el cierre de la muestra consignando el valor de la misma a los efectos del seguro.
La no inclusión de este dato, obliga a los organizadores a retener la obra en la sede de Pro Cultura Salta y disponer de ella a partir de los 60 días desde el cierre de la muestra, sin derecho de reclamo alguno por parte del participante.
Artículo 8º: Cada participante enviará una obra. La recepción de las mismas se iniciará el 02 de mayo del 2007 y finalizará el 31 de mayo del 2007 a las 13 horas, en la sede señalada en el artículo precedente, sin excepción, labrándose un acta ante escribano público. Las obras que se reciban con posterioridad provenientes de otras localidades, deberán acreditar fecha de envío al 31 de mayo de 2007.
Artículo 9º: Al hacer entrega de sus obras, los autores acreditarán obligatoriamente su identidad, presentando al mismo tiempo una ficha firmada que contendrá: Nombre, Apellido, Documento de Identidad, Lugar y fecha de nacimiento, domicilio, teléfono, e- mail, nacionalidad, tiempo de residencia en el país si es extranjero, como así también título, fecha de ejecución, técnica y dimensiones de la obra presentada.
Con la ficha de inscripción se acompañará una síntesis biográfica con sus datos personales, antecedentes, actuación artística y fotografía del artista. La ficha de inscripción en la cual se manifiesta conocer y aceptar el reglamento, tiene carácter de Declaración Jurada.
Artículo 10º: En cada caso se expedirá un recibo que servirá para la devolución de las obras, lo que se efectuará en el mismo lugar de recepción. Para el caso de las obras que lleguen con guía de transporte, esta tendrá valor de recibo.
Artículo 11º: Se editará un catálogo ilustrado.
SEDE DEL SALON
Artículo 12º: La sede del Cuarto Salón a Nivel Nacional de la Provincia de Salta, Especialidad Pintura, será el Museo de Arte Contemporáneo de la ciudad de Salta.
Artículo 13º: El Gobierno de la Provincia de Salta, Pro Cultura Salta y el Museo de Arte Contemporáneo de Salta velarán por la buena conservación de las obras depositadas, pero no se harán responsables por la destrucción, deterioro, pérdida, extravío, hurto, robo, daños ocasionados por terceros, caso fortuito, fuerza mayor, y cualquier siniestro o evento ocurrido respecto de las obras y/ o con motivo de su depósito.
DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA
Artículo 14°: La Comisión Organizadora del IV Salón a Nivel Nacional de la Provincia de Salta, Especialidad Pintura queda integrada de la siguiente forma:
Por el Gobierno de la Provincia de Salta: la Sra. Secretaria de Cultura de la Provincia Eleonora Rabinowicz de Ferrer y el Sr. Director General de Audiencias de la Provincia Agustín Usandivaras (h); por Pro Cultura Salta: la Señora Secretaria de la Entidad Carmen Martorell.
JURADO DE SELECCIÓN Y PREMIOS
Artículo 15°: El Salón tendrá un Jurado de Selección y Premios integrado por 7 (siete) miembros, uno por cada una de las 5 (cinco) Regiones Culturales del país y 2 (dos) por la Provincia de Salta, quienes deberán ser profesionales en la especialidad y poseer antecedentes notorios y reconocida actuación. A estos fines la Comisión Organizadora queda facultada a invitar a reconocidos artistas y / o críticos de arte de meritoria actuación de cada región cultural y de la Provincia de Salta. En caso de renuncia o cualquier impedimento de alguno de los miembros del Jurado, la Comisión organizadora queda facultada para designar a los reemplazantes.
Artículo 16°: A tales efectos las Regiones Culturales se constituirán de acuerdo a lo dispuesto en Plan Federal de Cultura.
Región Patagónica: Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, Río Negro y La Pampa.
Región Nuevo Cuyo: La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis.
Región Noroeste: Catamarca, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán.
Región Litoral: Formosa, Chaco, Corrientes y Misiones.
Región Centro: Córdoba, Santa Fé, Entre Ríos, Buenos Aires y Capital Federal.
Artículo 17º: El Jurado se reunirá los días 21, 22 y 23 de Junio del 2007. Para formar número, será necesario la presencia de los 7 (siete) miembros. Los que no asistan a una sesión sin causa debidamente justificada, serán considerados renunciantes y reemplazados por la Comisión Organizadora. El Jurado ajustará su labor al siguiente plan:
En la primer sesión se procederá en principio a revisar las obras recibidas para reunir elementos de juicio, con el fin de formar un criterio sobre el conjunto de obras a seleccionar; en la segunda sesión, a revisar las obras clasificándolas en tres grupos: a) Seleccionadas, b) para su última consideración y c) no seleccionadas. En la tercera sesión, el Jurado procederá a la elección de los premios mediante votación. Realizada la misma, no se admitirán reconsideraciones. Cada sesión durará el tiempo que el Jurado requiera.
Artículo 18°: La Comisión Organizadora asignará los honorarios de los Jurados.
Artículo 19°: A los Jurados que deban viajar para el desempeño de su cometido, se les abonará los gastos de traslado y estadía, además de los honorarios establecida en el artículo 15.
Artículo 20°: El montaje de las obras será realizado por personal especializado bajo la conducción de la dirección del Museo de Arte Contemporáneo sede del Salón.
Artículo 21°: Para la aceptación de las obras se requerirán 4 (cuatro) votos.
Artículo 22°: De la actuación del Jurado, se labrarán las actas correspondientes.
Artículo 23°: Las obras enviadas al Salón, sean o no aceptadas no podrán retirarse antes de la fecha establecida para el cierre del mismo.
REGIMEN DE RECOMPENSAS
Artículo 24°: Las recompensas son indivisibles. El Gran Premio Adquisición “Gobernador de la Provincia de Salta” y el Primer Premio Adquisición se adjudicarán por unanimidad de votos en fallo fundamentado. Para el resto de las recompensas se requerirá 5 (cinco) votos. El voto de los Jurados, tanto para la selección como para la adjudicación de recompensas, es obligatorio. En todos los casos deberá quedar constancia del mismo. La abstención implica la renuncia automática del cargo.
Artículo 25°: Una vez adjudicadas las recompensas se labrará un acta firmada por los miembros del Jurado, en la que se dejará constancia de cada voto y se dará a publicidad. Las decisiones del Jurado son inapelables.
Artículo 26°: Ningún autor podrá obtener más de una recompensa.
Artículo 27°: Ningún miembro del Jurado podrá ser participante ni pertenecer a la Comisión Organizadora.
Artículo 28°: La vinculación con el participante hasta el cuatro grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cuya obra deba juzgarse para el otorgamiento de los premios instituídos, invalidará el voto de los miembros del Jurado que no se excusaren o fueren recusados en tiempo y forma procediéndose de inmediato a su reemplazo por parte de la Comisión Organizadora.
RECOMPENSAS A ADJUDICAR
Artículo 29°: Se otorgarán las siguientes recompensas:
1.- GRAN PREMIO ADQUISICIÓN “GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA”: Quince mil Pesos ($15.000), medalla de plata y diploma.
2.- PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN: Diez mil pesos ($10.000), medalla de plata y diploma.
3.- SEGUNDO PREMIO ADQUISICIÓN: Siete mil pesos ($7.000) medalla de plata y diploma.
4,5 y 6.- Tres menciones, medalla de plata y diploma.
PREMIOS DONACION
7.- PREMIO EDESA S.A. - HOMENAJE A ALEJANDRO DE LA CRUZ: Siete mil pesos ($7.000), medalla de plata y diploma, al participante menor de 35 años de edad más destacado.
8.- PREMIO CENTRAL TERMICA GÜEMES - HOMENAJE A ELSA SALFITY: Siete mil pesos ($7.000), medalla de plata y diploma, al participante más destacado con residencia permanente en la provincia de Salta.
9.- PREMIO BANCO MACRO S.A. - HOMENAJE A JORGE HUGO ROMAN: Siete mil pesos ($7.000), medalla de plata y diploma, al artista más destacado del interior del país, no considerándose a los artistas de Capital Federal.
10.- PREMIO RIVA S.A - HOMENAJE A GUILLERMO USANDIVARAS: Siete mil pesos ($7.000), medalla de plata y diploma, a la obra en técnica más original.
Todos los premios enunciados con excepción de las menciones, son adquisición y las obras respectivas pasarán a integrar el patrimonio artístico de la provincia de Salta.
Artículo 30º: Los organizadores convocarán los Jurados y los asistirán en su labor, con la facultad de hacer cumplir el presente Reglamento.
Artículo 31º: Los miembros del Jurado, al aceptar el cargo, deberán expresar que conocen y aceptan el presente Reglamento.
Artículo 32º: Los concurrentes al Salón podrán verificar las actas de selección y adjudicación de premios, debiendo para ello acreditar su identidad.
Artículo 33º: El Salón será inaugurado el 27 de Julio y las obras serán expuestas hasta el 31 de Agosto del 2007.
Artículo 34º.- Todo caso no previsto en este Reglamento será resuelto por la Comisión Organizadora del presente Salón.
PREMIO OSDE 2007
. Pintura
Medidas máximas: 2m x 2,50m, con o sin marco.
El soporte y la técnica son libres
c. Dibujo
Medidas máximas: 1,50m x 1,50m, con o sin marco.
El soporte y la técnica son libres
En todos los casos se admitirá una sola obra por autor en una sola categoría. La presentación se hará personalmente en los centros de recepción detallados en el ítem "Centros de recepción e informes", del 30 de mayo al 15 de junio de 2007 inclusive, en el horario de 10 a 18 hs.
Deberá completarse un formulario por cuadruplicado con los datos del autor y de la obra. Dos copias quedarán en poder de la Fundación OSDE, la tercera se adjuntará en el reverso de la obra y la cuarta se entregará al participante como constancia de entrega, que deberá presentar para el posterior retiro de la misma.
Si el artista no se encontrara en condiciones de presentar personalmente su obra, podrá hacerlo por interpósita persona mediante autorización escrita.
El Jurado Nacional de Premios estará compuesto por María Teresa Constantin, Juan Carlos Distéfano y Alejandro Puente.
La Fundación OSDE tiene la facultad de reemplazar a los miembros de los jurados que por cualquier motivo se vieran imposibilitados de cumplir su labor.
En cada una de las seis secciones:
• Primer Premio Adquisición: $25.000 (veinticinco mil pesos).
• Segundo Premio Adquisición: $16.000 (dieciséis mil pesos).
. Tercer Premio Adquisición: $10.000 (diez mil pesos
Zona Norte
Belgrano: Juramento 2075 – Tel. 4787-3376 – Capital Federal.
San Isidro: Chacabuco 229 – Tel. 4742-5888 – San Isidro.
Pilar: 12 de Octubre 451 – Tel. 02322-420015 – Pilar.
Lunes a viernes, de 10 a 18.